Datos almacenados en un ordenador/ derecho a la intimidad. 2ª parte

Estos datos aislados pueden considerarse irrelevantes pero si se analizan en su conjunto todos ellos configuran un perfil altamente descriptivo de la personalidad del titular que es preciso proteger frente a la intromisión de terceros   o de poderes públicos , por cuanto atañen , en definitiva, a la misma peculiaridad o individualidad de la persona.

La sentencia del Tribunal Constitucional hace hincapié en que “deviene necesario  establecer una serie de garantías frente a los riesgos que existen para los derechos y libertades públicas , en particular la intimidad personal a causa del uso indebido de la información, así como de las nuevas tecnologías de la información.”

En este caso el demandante había  sido condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla en mayo 2008 a 4 años de cárcel por un delito de corrupción de menores  después de que se encontrara en su ordenador personal numerosos ficheros de fotografías y videos en los que aparecían menores de edad en actitudes explícitamente sexuales. El tribunal confirmó esta sentencia en febrero del 2009…..

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