La Agencia Española de Protección de datos no es competente en el caso Megaupload. 2ª parte.

El grupo de trabajo del artículo  29, en varios documentos han indicado que se entiende  que una empresa utiliza medios  situados en España para tratar datos cuando utiliza cookies en los ordenadores de sus clientes con el objetivo de tratar datos personales. Y esta es precisamente al excusa que en algunos medios se ha utilizado para afirmar que como Megaploud utilizaba cookies pues entonces se aplica la LOPD española. El problema es que no cualquier cookie que una pagina web nos instale en nuestro navegador determina  directamente la aplicación de la LOPD a la empresa que gestiona esa pagina web, se requiere además que esa cookie esté diseñada para tratar nuestros datos personales  y normalmente por tratar debemos e entender “obtener”. Así por ejemplo una cookie que sea utilizada para recordar en el navegador la marcación o no de una casilla no entraría en este caso. Leer más »

La Agencia Española de Protección de datos no es competente en el caso Megaupload. 1ª parte

Diversas notas y comentarios en varios medios de comunicación están dando a entender que una posible vía para recuperar nuestros datos alojados en Megaupload es acudir  a la Agencia Española de Protección de datos, en este sentido es necesario aclarar que dicha agencia no podrá ayudarnos en el caso de Megaupload por varios motivos:

Preguntas clave:

-¿cual es la nacionalidad de la empresa que gestionaba Megaupload? Megaupload era  explotada por Megaupload limited registrada y ubicada en Hong Kong y no en california como podría parecer en un primer momento.

-¿tenia sedes en España o en algún país de la Unión Europea?? No Leer más »

La Agencia abre encuesta sobre los servicios en la nube. 2ªparte

Otro problema es el depósito de los datos almacenados en servidores de un tercer país. El tratamiento de datos mediante el uso de servidores en nube implicará, con mucha frecuencia y por la propia naturaleza de este modo de prestación, la existencia de transferencias internacionales  con origen en territorio español. La normativa española de protección de datos prevé que puedan realizarse transferencias internacionales  a países que ofrezcan un nivel adecuado de protección, cuando el país destinatario no ofrece ese nivel  adecuado, las transferencias podrán realizarse bajo determinadas condiciones (consentimiento del interesado, prestación de garantías adecuadas….)

En el texto de la encuesta se recuerda que el modelo de cloud computing, por su propia naturaleza, implica en muchos casos el desconocimiento del país destinatario que intervendrán en ese tratamiento.la flexibilidad del modelo supone que países  y entidades  pueden variar constantemente de  forma  no predecible en el momento en que se produce la contratación del servicio y debe decidirse la utilización del instrumento jurídico mas adecuado al tipo de transferencia que se va a producir. Leer más »

La Agencia abre encuesta sobre los servicios en la nube. 1ªparte

Los servicios en la nube de internet crecen y con ello  la preocupación de sobre la gestión de los datos personales  o corporativos que se depositan en al misma. El almacenamiento en una nube permite el acceso de los datos desde cualquier maquina y la disponibilidad de programas siempre actualizados.

Pero hay sombras sobre la manera de garantizar la privacidad de esos datos. La AEPD ha lanzado una encuesta pública en internet para conocer la opinión de expertos, internautas y empresas, tanto las que ofrecen el servicio como las que lo utilizan. Leer más »

El TS da vía libre al uso de datos personales

Autoriza la utilización comercial de información sin permiso de los afectados

El Tribunal Supremo (TS) considera legal que las empresas utilicen comercialmente datos personales de particulares sin el consentimiento de los mismos, de acuerdo con una sentencia de esta alta instancia judicial que recoge el diario Expansión.

El fallo del Supremo abre nuevas vías al comercio por internet y afecta de lleno a negocios puntuales sujetos hasta ahora a limitaciones como, por ejemplo, los ficheros de clientes morosos. Según el diario económico, además, la sentencia no descarta que las empresas que en el pasado han sido sancionadas por estas prácticas puedan solicitar la devolución de las multas impuestas hasta ahora. Leer más »

Una web desvela identidades a través de los números de teléfono. 2ª parte

Decenas de personas hicieron la prueba de poner su número de teléfono en la casilla y la mayoría descubrió que la página desvelaba su nombre completo, donde viven, mostrando incluso un mapa con su ubicación.

La Agencia Española de Protección de datos, el tratamiento de datos personales en las guías inversas, es decir, la posibilidad de averiguar datos personales relativos a la persona física a partir de un numero de teléfono cuyo abonado es desconocido constituye un uso totalmente diferente de la finalidad establecida de las guías telefónicas convencionales, cuyo fin es revelar el numero de teléfono de un abonado a partir del nombre. Leer más »